• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: FRANCISCO JAVIER PEREDA GAMEZ
  • Nº Recurso: 752/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ALICIA PILAR CORES GARCIA
  • Nº Recurso: 604/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Absuelve al acusado del delito de agresión sexual a menor de 16 años, con penetración bucal y vaginal, al aplicar el art. 183, quater del CP. El acusado, de 22 años de edad, mantuvo relaciones sexuales (felación y penetración vaginal) con la menor, teniendo ésta 15 años y 6 meses de edad y no constando que el acusado conociese la edad de la menor ni que los actos sexuales fueran inconsentidos o que el acusado hubiera utilizado violencia o intimidación para su logro. La declaración de la víctima no es considerada suficiente para enervar la presunción de inocencia, al no concurrir los parámetros valorativos de ausencia de incredibilidad subjetiva, verosimilitud del testimonio (queda desvirtuado por los WhatsApp aportados) y persistencia en la incriminación (existen contradicciones irreconciliables). Existen relaciones sexuales pero consentidas por la menor, siendo de aplicación el artículo 183 quater del CP. que precisa que la edad del mayor sea próxima a la del menor, y que, también, ambos sean próximos en madurez, siendo ambos requisitos acumulativos. La AP. considera que la distancia entre las edades no es tan lejana como para dejar de apreciar el elemento de la proximidad y que existía proximidad en cuanto a la madurez del acusado y la menor (ambos estudiantes, dependientes económicamente de sus padres, entorno social parecido, con amistades comunes y similar modo de vida y manera de expresarse).
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Tarragona
  • Ponente: MARIA ESPIAU BENEDICTO
  • Nº Recurso: 35/2020
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Conde a dos acusados como autores materiales, cada uno de ellos, de uno delito de violación y como cooperadores necesarios de un delito de agresión sexual con acceso carnal. Acusados que en acción conjunta y reforzándose entre sí imponen por la fuerza a una misma víctima sendas penetraciones vaginales y bucales. Testimonio de la víctima como prueba de cargo. Pericial biológica sobre restos de semen con valor identificativo. Calificación de los hechos como constitutivos de dos delitos de violación, en tanto que estamos ante sendas agresiones sexuales agravadas por el acceso carnal con introducción de miembro corporal. Acometimiento sexual en el que la violencia empleada y el marco intimidatorio consecuente se presenta como mecanismo esencial para la obtención del resultado prohibido, al resultar suficiente para vencer la resistencia que opuso la víctima. Subtipo agravado por haberse cometido los hechos mediante la actuación conjunta de dos personas. La agravación debe aplicarse solo a la conducta que el acusado ejecuta como autor, en el que contó con la intervención del otro acusado, no en la cooperación necesaria. Cooperación necesaria. La actividad de cada uno de los dos acusados además supera lo que podría considerarse una presencia intimidatoria en el ataque sexual llevado a cabo por el otro, suficiente a los efectos de la cooperación, aportando esfuerzos propios cada uno de ellos para doblegar la voluntad de la ofendida.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: IGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
  • Nº Recurso: 7190/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La empresa solicitó ERTE por fuerza mayor (Covid 19) lo que le fue denegado por la Administración. La empresa recurrente se dedica al comercio al por mayor de bebidas, la mayoría de productos de souvenir con envases originales de atractivo turístico, como vinos, cervezas, sangría, porrones, imanes, castañuelas y otros productos de bebidas envasadas, siendo el centro de trabajo un almacén en el Polígono Industrial de B., contando la empresa con una sola trabajadora. La Administyración se fundamenta en que la empresa no tiene un centro comercial, no tiene una tienda física, el centro de trabajo es un almacén, siendo la actividad el comercio al por mayor de bebidas y la actividad de la empresa no ha sido limitada de forma directa, no habiendo acreditado que sus clientes sean tiendas de souvenirs y los comercios solo tienen limitado su aforo pero no su apertura. El juzgado desestimó su demanda y la Sala desestima el recurso.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Bilbao
  • Ponente: JUAN CARLOS BENITO-BUTRON OCHOA
  • Nº Recurso: 1935/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: PRIMERO.- La resolución judicial de instancia ha estimado parcialmente la pretensión del trabajador demandante que solicita, en materia de cantidad por reclamación de complemento de incapacidad temporal o mejora voluntaria, diferencias económicas, que explaya en su papeleta de demanda, del 8 de enero de 2018 al 24 de mayo de 2019 por cuantía total de 9.445'62 euros, correspondientes a los procesos de aquella incapacidad temporal que lo fue originalmente por enfermedad común hasta que mediante resolución del INSS de 22 de Enero de 2020 tuvo como determinación de contigencia la enfermedad profesional. El juzgador de instancia solo acepta las mensualidades que no considera prescritas respecto a los meses de marzo, abril y mayo de 2019, aun teniendo en cuenta la interrupción de los plazos procesales en epoca covid, por cuanto entiende que la concilación inicial fue de octubre de 2020. Del mismo modo afirma que aunque no sea de aplicación el nuevo convenio colectivo (BOB 28 de Febrero de 2020), que dice tener vigencia temporal a partir del 1 de enero de 2019, entiende que como ya en el año 2016 se le abonó y completó como mejora voluntaria un proceso de incapacidad temporal hasta el 100% (aunque aparentemente era de accidente de trabajo), estamos ante una contractualización de esa obligación de la empresa constituyendo una clara condición mas beneficiosa, con independencia de las vicisitudes de un convenio colectivo pacto extraestatutario vigente del 2008 a 2011, por cuanto son obligaciones constituidas por la propia empresarial.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: MANUEL DOMINGUEZ LOPEZ
  • Nº Recurso: 6310/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INCIDENTES DE EJECUCION
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Oviedo
  • Ponente: ISOLINA PALOMA GUTIERREZ CAMPOS
  • Nº Recurso: 2676/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DERECHOS FUNDAMENTALES
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Palma de Mallorca
  • Ponente: MARIA CAMPOY VIVANCOS
  • Nº Recurso: 194/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: SIN DEFINIR
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Almería
  • Ponente: ALEJANDRA DODERO MARTINEZ
  • Nº Recurso: 13/2021
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Juzgado de lo Mercantil
  • Municipio: Barcelona
  • Ponente: RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDO
  • Nº Recurso: 1081/2020
  • Fecha: 08/02/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia

Parece que no tiene configurado el plugin para ver el pdf embebido... puede descargar la resolución aquí.